Reforma laboral: ¿qué pasa con la prueba que el actor "se reservó"?
Nils Ljungmann · LinkedIn · Junio 2026
La reforma del art. 71 de la Ley Orgánica eliminó la ampliación de prueba al contestarse el traslado. Dos lecturas sobre las demandas iniciadas antes del cambio.
¿Una reforma procesal puede dejar sin efecto una prueba que el actor "se reservó" bajo la ley anterior? No hay una sola respuesta, y ahí está lo interesante.
La reforma laboral cambió el art. 71 de la Ley Orgánica. Antes, el actor podía ampliar su ofrecimiento de prueba al contestarse el traslado del responde. Ahora ya no: frente a la contestación, solo reconoce o desconoce la documentación de la demandada. La prueba se ofrece toda con la demanda. Y la reforma se aplica de inmediato a los procesos en trámite.
El problema aparece con las demandas anteriores a la reforma, que difirieron su prueba "al art. 71". Si esa ampliación se ofrece cuando el artículo ya cambió, ¿es válida? Hay dos lecturas, y las dos invocan el mismo principio: tempus regit actum.
Una lectura
La validez de un acto procesal se mide por la ley vigente al momento de realizarlo. La ampliación se ofreció después de la reforma; entonces se rige por el texto nuevo, que ya no la admite. Y sobre los actos todavía no cumplidos, nadie tiene derecho adquirido.
La otra
El derecho del actor a diferir su prueba nació cuando inició la demanda bajo la ley anterior, que no lo obligaba a ofrecerla antes. Una reforma no puede recortar una facultad ya incorporada a una etapa previa: hacerlo sería aplicarla hacia atrás. Bajo esta mirada, el actor todavía puede ofrecerla.
¿Cuál es el acto relevante?
Todo se reduce a esa pregunta: ¿la demanda, donde la facultad ya se había incorporado, o la ampliación posterior, cuando esa facultad ya no existía?
¿Por cuál me inclino? Por la primera. Para mí, el acto que cuenta es el ofrecimiento de la ampliación, y ese acto se hizo cuando la reforma ya regía: por eso lo alcanza la ley nueva. Pero la segunda lectura tiene fuerza, porque el principio protectorio del derecho del trabajo juega a favor del trabajador. Por eso la discusión sigue abierta.
Es de esas preguntas que una reforma reciente abre y que se definirán caso por caso en los próximos meses. Si tenés un expediente en esta situación, el momento de definir la estrategia probatoria es ahora, no cuando llegue el auto de apertura.